El testamento es ese papel en el que en muchos casos cuesta mucho de hablar, y más en hacer, ya que, parece que sea el paso previo a morir. Aunque, muchos expertos explican que, una vez que se tienen obligaciones, o descendientes, es muy recomendable el realizar este trámite. Por lo que, mucha gente se pregunta, una vez superadas las reticencias iniciales, cuánto cuesta hacer el testamento.
Por ello, nosotros queremos ayudar con este artículo, despejando las dudas de, para que sirve un testamento, y cuanto cuesta, ya que, muchas veces, pensamos que este papel legal sólo vale para donar los bienes a los descendientes.
Lo que hay que tener muy claro es que el testamento se puede hacer en cualquier momento de la vida, al igual que modificarlo, siempre que se esté en plenas facultades mentales, y se cuente con el DNI para atestiguar quien es. En algunos casos, los notarios ante los que se realiza este trámite, pueden pedir algún tipo de prueba de fe, para asegurar algún elemento más puntual, pero ya está.
En este documento, no sólo se reparten los bienes, sino que, además, una persona puede dejar por escritas sus últimas voluntades, sabiendo que, si sus descendientes o herederos aceptan el testamento, tendrán la obligación de cumplirla. Además, cuando hay menores de edad, se utiliza para dejar los tutelajes legales, y los derechos y obligaciones que tienen estos tutores hasta que los niños son mayores de edad, así como, si tienen muchos bienes, en que momento y bajo qué circunstancias se les irán aportando, asegurando así, el bienestar de los herederos.
A pesar de que muchas personas puedan pensar que este es un trámite muy caro, esto no es real, ya que, el testamento en si, tiene un coste de aproximadamente 50 euros, salvo si presenta dificultades o mucho trabajo, que, entonces subirá hasta los 80 euros. Si el testamento se ha hecho ante notario, se habrá tenido que registrar, consiguiendo así el certificado de Actos de Última Voluntad, del Ministerio de Justicia, que tiene un coste de unos 6 euros.
El testamento, aunque no se presente ante un notario, si está escrito a puño y letra, firmado y presenta la fecha concreta de la persona, también tiene una presencia legal, aunque, sus beneficiarios lo deben de presentar ante un juez para que lo corrobore en un tiempo de cinco años desde su muerte.